sábado, 6 de agosto de 2011

Implicaciones legales y condenatorias en Colombia por matoneo escolar

Implicaciones legales:
  •  Privacidad
  •  Buen nombre
  •  Protección de datos
  •  Acoso
  •  Explotación sexual infantil y juvenil
  •  Amenazas de muerte (caución)
  •  Inviolabilidad de las comunicaciones






Código penal:

Injuria:
Hablar mal de una persona por internet, mediante imputaciones deshonrosas que no son delito, como por ejemplo decir de alguien que es prostituta, gay, homosexual.
Se estipula que el que haga a otra persona imputaciones deshonrosas incurrirá en prisión de 1 a 4,5 años y multa de 13,3 a 1500 Salarios mínimos legales mensuales vigentes (Código penal, ley 599 de 2000, artículo 220).



Calumnia:
Imputar a otro una conducta típica delictuosa, por ejemplo decir que es ladrón, violador entre otras.
Incurrirá en prisión de 1 a 6 años, multa de 13,3 a 1500 Salarios mínimos legales mensuales vigentes (Código penal, ley 599 de 2000, artículo 221).






Pornografía infantil:
Filmar, fotografiar, vender, comprar o exhibir material pornográfico en el que participe un menor de edad, como por ejemplo publicar fotos de menores desnudos. En este punto se estaría violando el derecho de la libertad, integridad y formación sexual o sea el derecho de no padecer violencia o abuso en las relaciones sexuales o a no ejercer la prostitución.
Incurrirá en prisión de seis (6) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes (Código penal, ley 599 de 2000, artículo 218).






Código de infancia y adolescencia:

Derecho a la intimidad:
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a la intimidad personal, mediante la protección contra toda injerencia arbitraria o ilegal en su vida privada, la de su familia, domicilio y correspondencia. Así mismo, serán protegidos contra toda conducta, acción o circunstancia que afecte su dignidad.




Derecho a la integridad personal:
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a ser protegidos contra todas las acciones o conductas que causen muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico.





Responsabilidad penal para adolescentes:


Personas menores de 14 años:
Cuando una persona menor de catorce (14) años incurra en la comisión de un delito sólo se le aplicarán medidas de verificación de la garantía de derechos, de su restablecimiento y deberán vincularse a procesos de educación y de protección dentro del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, los cuales observarán todas las garantías propias del debido proceso y el derecho de defensa. Las personas menores de catorce (14) años, no serán juzgadas ni declaradas responsables penalmente, privadas de libertad, bajo denuncia o sindicación de haber cometido una conducta punible.


Personas mayores de 14 años y menores de 18 años:
La responsabilidad penal rige al momento de cometer el hecho punible Sin perjuicio de la responsabilidad civil de los padres o representantes legales. La privación de la libertad sólo procede para las personas que al momento de cometer el hecho hayan cumplido catorce (14) y sean menores de dieciocho (18) años. La privación de la libertad sólo procederá como medida pedagógica.



¿Qué es la Responsabilidad Civil?
Es la obligación de asumir el pago de la indemnización por los perjuicios ocasionados a las personas o las cosas. El perjuicio o daño puede ser patrimonial (daño emergente y lucro cesante) o extra patrimonial (perjuicio moral)



¿Qué es la Responsabilidad Penal?
Es la obligación de asumir la condena a prisión o arresto, o pago de multa por haber cometido un delito, también llamado hecho punible. La Fiscalía investiga y acusa y un juez penal dicta la sentencia. Está en juego la libertad de la persona.

¿Qué es la Responsabilidad constitucional o por tutela?
Es la obligación de rectificar en condiciones de equidad, por toda información que no sea veraz o imparcial, o que viole la intimidad de una persona.


Responsabilidades de las personas agresoras

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